|
[Transporte de
mascotas por tren]
Gatos persas y exoticos La Sagra
Transporte de mascotas por avion
Transporte de animales domésticos
( texto sacado de la web de Iberia ( España
), Enero del 2009 )
( consulte siempre con Iberia o la compañia
aerea
correspondiente, ya que dichas compañias pueden cambiar las condiciones
)
( Estas reglas sulen servir para otras
compañias aereas )
Los animales domésticos, tales como perros,
gatos y pájaros, etc., que cumplan con las
limitaciones legales y de documentación, pueden ser aceptados como
equipaje en bodega o en cabina de pasaje, siendo en todo caso
obligatorio tasar los mismos con la tarifa de exceso de equipaje.
1. Aceptación en bodega
Como regla general el transporte de animales vivos, deberá
hacerse en la bodega del avión, en recipientes o contenedores adecuados
proporcionados por el pasajero. Los recipientes deberán tener las
siguientes características:
| - Resistencia y seguridad |
| - Comodidad para la talla del animal |
| - Ventilación |
| - Un cierre que ofrezca garantías de que no va a
abrirse en ningún momento |
| - Fondo impermeable |
Cuando no reúna estas condiciones, el
transporte será rechazado.
2. Aceptación en cabina de pasaje
A petición del pasajero, y previa autorización de
reservas, podrán ser aceptados para el transporte en cabina
determinados animales domésticos, siempre que se cumplan las siguientes
condiciones:
| - El peso máximo permitido del animal incluyendo el
recipiente o jaula será de 8 Kgs. incluyendo en el mismo, el peso del
recipiente o jaula en el que será transportado el animal. El recipiente
podrá tener como máximo 45 cm. de largo, 35 cm. de ancho y 25 cm. de
profundidad, siempre que la suma de estas tres dimensiones no exceda de
105 cm. |
| - El animal deberá ir en un recipiente adecuado,
consistente, ventilado, fondo impermeable y seguro. |
| - Para pájaros se tendrá en cuenta que las jaulas sean
resistentes, que la cerradura sea segura, y en la que no pueda
derramarse la comida y bebida. Además, la jaula irá siempre cubierta. |
| - Si se trata de animales de reducido tamaño o peso,
podrán admitirse varios de la misma especie en un mismo contenedor. |
| - En ningún momento se admitirán animales que por sus
características especiales, mal olor, etc., puedan ser molestos para el
resto del pasaje y la tripulación. |
| - El animal deberá viajar con el pasajero sin causar
molestias a los pasajeros que viajen a su lado |
| - Los pasajeros que transportan un animal en cabina, no
podrán ocupar butacas situadas en filas correspondientes a salidas de
emergencia. |
| - En ningún caso podrá salir del recipiente en
el interior de la cabina, siendo responsabilidad del pasajero su cuidado |
3. Autorización al transporte
Debido a que el número de jaulas está limitado por el tipo
de avión, el transporte de un animal deberá ser autorizado por la
Oficina de Reservas. Sólo se autorizará el viaje cuando todos los
trayectos estén confirmados. El peso y talla del animal deberán
permanecer dentro de los límites establecidos tanto a la ida como a la
vuelta.
4. Cargos
Consultar con la compañia
5. Aceptación de perros lazarillos
Tenga en cuenta que:
| - Sólo se aceptarán en cabina cuando acompañen a
pasajeros cuya orientación dependa de aquéllos |
| - Irán provistos de bozal si viajan en cabina |
| - No ocuparán asiento, viajando junto al pasajero en el
lugar que menos molesten al resto del pasaje |
| - Podrán viajar, tanto en cabina como en bodega, sin
cargo adicional alguno |
| - El peso del animal no entrará dentro de la franquicia
gratuita concedida al pasajero para su viaje |
| - La normativa en cuanto a aceptación, documentación,
descargo de responsabilidad por parte de Iberia, tipo de recipiente (si
viaja en bodega), será la misma que para el resto de los animales
domésticos |
En caso de pasajeros sordos, éstos necesitarán un
certificado médico confirmando este estado.
|
|
a
|